Last Updated on: 22nd abril 2020, 11:50 am
Existen decenas de productos financieros entre los que podemos elegir para obtener una rentabilidad por nuestro dinero ahorrado y, entre de los más solicitados, encontramos los depósitos bancarios. Se trata de un producto que nos ofrecen los bancos donde, tanto si somos particulares o empresas, podemos dejar (o “depositar” para utilizar la denominación concreta) dicho dinero a una entidad bancaria con el fin de obtener una rentabilidad a cambio de una serie de condiciones que se pactan a la hora de realizar dicho depósito.
Económicamente, los depósitos bancarios constituyen el eje fundamental de la banca tradicional, ya que además del dinero que pueda obtener de otros menesteres como el dinero que le presta el Banco Central, gracias al dinero de sus clientes tienen liquidez para poder suministrar créditos, realizar inversiones…
De forma contable, el dinero de un depósito bancario constituye un pasivo, ya que es un préstamo que le otorga liquidez y que en un momento dado se deberá devolver con los intereses debidos.
Dicho esto, cabe destacar que existen varios tipos de depósitos bancarios, donde dependiendo de tus necesidades y posibilidades, te puede interesar uno u otro. Encontramos:
Depósito a la vista (o cuenta corriente)
Se trata simplemente cuando abrimos una cuenta corriente a una entidad financiera. En muy pocas ocasiones el banco suele rentabilizar este dinero, pero como sabrás, es el que dispones en cualquier momento que requieras del mismo; cajeros, pagos con tarjeta de débito o crédito… Si volvemos hablar de forma contable, para el banco se trata de “efectivo en caja” o lo que es lo mismo, aquél dinero destinado a cobros y pagos que realiza el cliente dueño de la cuenta corriente.
En estas cuentas bancarias se pueden domiciliar nóminas y pensiones así como pagos de impuestos, entre otros. Como hemos dicho anteriormente, en pocas ocasiones este tipo de depósitos ofrecen rentabilidad, por el mero hecho de que existe una predisposición a haber movimientos constantemente.
Dependiendo de la entidad bancaria a la que quieras abrir una cuenta corriente, deberás tener presente las condiciones de la misma. A veces obligan a que haya un mínimo fijo, independientemente de tus ingresos o entradas y salidas. Además, también debemos tener presente las comisiones de mantenimiento, abertura y cancelación, con el fin de ahorrar el máximo posible.
Depósitos a plazo
Estos son los que podrán ofrecerte una rentabilidad por tus ahorros a cambio de que no puedas disponer de dicho dinero en un plazo determinado, de ahí la coletilla “a plazo”. Actualmente los tipos de interés no son muy suculentos, pero teniendo en cuenta la cantidad ahorrada que tengas quizás sí que sería interesante disponer de un depósito a plazo.
Dentro de este tipo de depósitos existen los denominados “regalo” que, en vez de darte una rentabilidad monetaria te regalan un bien material. Suelen ser comunes los edredones, juegos de cuberterías y vajillas, maletas, televisores… Pero hay que ser objetivo y ver que un bien material de hoy no vale lo mismo mañana (en términos financieros “mañana” sería el tiempo que finalice tu depósito) por lo que siempre será mejor una rentabilidad monetaria que la de un bien material.
Cabe añadir que en este caso no es posible domiciliar nóminas, pensiones ni recibos o gastos. Simplemente su uso se destinará al ahorro y rentabilidad.
Si en algún momento quieres disponer de tu dinero antes de que finalice el contrato, deberás aceptar una sanción por incumplimiento de contrato (aunque dicha sanción no podrá ser mayor a los intereses devenidos en el tiempo transcurrido).
Para finalizar, en el contrato de un depósito a plazo fijo se deberá detallar el periodo en que se devengarán los intereses. Normalmente suele ser mensual, trimestral o anual, siempre dependiendo del tiempo en el que deba permanecer dicho depósito.
Depósitos con ventajas fiscales
A partir de este año, podemos encontrar depósitos bancarios en los que disponemos de ventajas fiscales. Es decir, que no se deberá tributar IRPF por los intereses recibidos por nuestros ahorros. Eso sí, tienen ciertas limitaciones como por ejemplo el mínimo a contratar que deberá ser de 5 años y con un ahorro máximo de 5.000 euros anuales por contribuyente.